Clase 11: 6 de Marzo de 2023

 Repaso Parcial


En esta sesión el profesor nos dio la oportunidad de repasar los temas durante el primer corte de este semestre, aquí algunos:




Estado Social de Derecho.

Es aquel Estado que le permite a la persona el goce esencial de sus derechos mediante la aplicación de la norma jurídica. 

¿Cómo se aplica esta norma?

Su aplicación puede ser mediante:

- Test
- Criterio de razonabilidad


Constitución.

Programática: Ley

Normativa, vinculante: De aplicación directa



Control de Constitucionalidad.

Tipos.

Abstracto.
Recae sobre normas jurídicas: compete un análisis si continua siendo parte del ordenamiento jurídico.

Función
- Ejercida por un órgano jurídica.
- Decisión tomada por una sentencia.

Efecto:
- Erga Omnes. 

Concreto.
Inaplicación.


Control de legalidad.
Acto administrativo respeta la norma.


Control Concreto.
Ciertas normas se aplican a una situacion en particular (casos concretos).
No se puede sacar la norma del ordenamiento.


Efectos del fallo de la tutela.

- Son interpartes (solo vale para esas partes).
- Se aplica de forma general (Erga Omnes).

Poder Constituyente.

1. Primario: Pueblo.
2. Secundario: Congreso (las leyes se modifican mediante un acto legislativo).


Reforma de la Constitución.

Implica si esta puede ser modificada o no.

1886: Rígida - No se puede modificar.

1991: Flexible - Se modifica por una razón.
 - Acto legislativo.
 - Referendo constituyente.
 - Asamblea nacional constituyente.


Estados de Excepción.

Este es declarado por el gobierno frente a una situación anormal.

1. Imprevisible: No se ha planeado.
2. Irresistible: No se puede resistir la fuerza / No se puede contener.




Constitución de 1886.

a. Guerra.
b. Estado de sitio.

Constitución de 1991.

a. Guerra Exterior.
b. Conmoción interior.
c. Emergencia social, económica o ecológica.


Y yap, fin.



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