Clase 11: 6 de Marzo de 2023
Repaso Parcial
En esta sesión el profesor nos dio la oportunidad de repasar los temas durante el primer corte de este semestre, aquí algunos:
Estado Social de Derecho.
Es aquel Estado que le permite a la persona el goce esencial de sus derechos mediante la aplicación de la norma jurídica.
¿Cómo se aplica esta norma?
Su aplicación puede ser mediante:
- Test
- Criterio de razonabilidad
Constitución.
Programática: Ley
Normativa, vinculante: De aplicación directa
Control de Constitucionalidad.
Tipos.
Abstracto.
Recae sobre normas jurídicas: compete un análisis si continua siendo parte del ordenamiento jurídico.
Función:
- Ejercida por un órgano jurídica.
- Decisión tomada por una sentencia.
Efecto:
- Erga Omnes.
Concreto.
Inaplicación.
Control de legalidad.
Acto administrativo respeta la norma.
Control Concreto.
Ciertas normas se aplican a una situacion en particular (casos concretos).
No se puede sacar la norma del ordenamiento.
Efectos del fallo de la tutela.
- Son interpartes (solo vale para esas partes).
- Se aplica de forma general (Erga Omnes).
Poder Constituyente.
1. Primario: Pueblo.
2. Secundario: Congreso (las leyes se modifican mediante un acto legislativo).
Reforma de la Constitución.
Implica si esta puede ser modificada o no.
1886: Rígida - No se puede modificar.
1991: Flexible - Se modifica por una razón.
- Acto legislativo.
- Referendo constituyente.
- Asamblea nacional constituyente.
Estados de Excepción.
Este es declarado por el gobierno frente a una situación anormal.
1. Imprevisible: No se ha planeado.
2. Irresistible: No se puede resistir la fuerza / No se puede contener.
Constitución de 1886.
a. Guerra.
b. Estado de sitio.
Constitución de 1991.
a. Guerra Exterior.
b. Conmoción interior.
c. Emergencia social, económica o ecológica.
Y yap, fin.
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