Clase 29: 8 de Mayo 2023
SOCIALIZACIÓN PARCIAL 1. El artículo 163 de la Constitución Española dispone "Cuando un órgano judicial considere, en algún proceso, que una norma con rango de ley, aplicable al caso, de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión ante el Tribunal Constitucional en los supuestos, en la forma y con los efectos que establezca la ley, que en ningún caso serán suspensivos". Respuesta. C. Concentrado, por cuanto las circunstancias de validez de las leyes que se presenten en un proceso judicial no pueden ser fallados por el juez de conocimiento, siendo ello competencia exclusiva de un único Tribunal. 2. Una disposición de la Constitución paraguaya establece: "El pueblo paraguayo, por medio de sus legítimos representantes reunidos en Convención Nacional Constituyente, invocando a Dios, reconociendo la dignidad humana con el fin de asegurar la libertas, la igualdad y la justicia, reafirmando los principios de la democracia republi
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