Clase 14: 14 de Marzo de 2023

 Control de Constitucionalidad


"El control de constitucionalidad es el conjunto de recursos jurídicos diseñados para verificar la correspondencia entre los actos emitidos por quienes decretan el poder y la Constitución, anulándolos cuando aquellos quebranten los principios constitucionales". Wikipedia.

 



Hablemos un poco de este tema....


1. Concepto: ¿Qué es?

- El control de constitucionalidad es un juicio de validez que hace una verificación con base en un estándar preexistente.

- Es una función publica que se hace mediante una operación intelectual.


2. Comparación: ¿En que consiste?

- Hace una comparación con un estándar de la misma índole.

- Si un acto normativo cumple con los estándares de la Constitución. Acto vs Constitución.


3. Sistemas: ¿Quién lo ejerce?

- Sistemas de Control de Constitucionalidad.

* Concentrado: 1 órgano lo puede ejercer.

* Mixto: Abstracto y concreto.

* Difuso: Se difunde en varios órganos.


4. Tipos de control: ¿Qué decisiones se toman?

ABSTRACTO: Referente a normas jurídicas.

Se toman decisiones de:

* Exequibilidad: Cuando su contenido se ajusta a la Constitución Política o Carta Magna

* Inexequibilidad: Evento en el cual una norma no se ajusta a lo expresado en la Carta Política.

Su alcance es Erga Omnes, es decir, general.


CONCRETO: Referente a casos específicos.

Se toman decisiones de:

* Aplicación.

* Inaplicación.

Su alcance puede ser:

- Interpartes: Se involucran las partes identificadas.

- Interpares: Se involucran los individuos que comparten la misma situación.

- Intercomunis: Se involucra una comunidad.


5. Requisitos: ¿Sobre que recae el análisis?

- De forma: Mediante un tramite / actuaciones procedimentales que contienen un vicio de procedimiento.

- De procedimiento.

* De fondo: Lo que se regula. Constitución vs Ley.

* Material.


6. ¿Cómo se inicia?

- Vía de accion: Debe ser intermediaria por una demanda.

*Mecanismo: Accion publica de inconstitucionalidad.

- Vía de oficio: No hay demanda ya que hace parte del ejercicio de sus funciones.


Y yap, fin.



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