Clase 18: 28 de marzo de 2023

 Actos Normativos Susceptibles de Control de Constitucionalidad. 

Art 241: Regula las funciones de la Corte Constitucional.





1. Actos reformativos de la Constitución.

- Vía de acción: explicito en el articulo, numeral 1; legitimación pública (cualquier persona)

Acción pública de Inconstitucionalidad: instrumento jurídico procesal que usa cualquier ciudadano para cuestionar cualquier acto normativo.

- Control posterior: ya existe el acto reformatorio.

- Vicios de forma: vicios de procedimiento.


2. Ley que convoca al pueblo para que se pronuncie sobre una conformación de ANC o Ref. Consti.

- Vía de oficio: automática

- Posterior: ya existe la ley pero no se ha dado la votación.

- Vicios de forma: Explicito


3. Varios actos: Los tres implican una pregunta al pueblo.

- Referendos sobre leyes: Reforma a Norma Jurídica.

- Consultas populares Orden Nacional.

- Plebiscitos del Orden Nacional.

* Vía de oficio: Automática.

* Posterior.

* Vía de fondo y forma: Integral (referendos).

*Vía de forma: Plebiscitos y Consultas.


4. Leyes.

Ley - Art 150.

Def: Acto normativo emanado por un órgano competente que pretende regular la sociedad.

Ley Ordinaria: Cualquiera que no haya sido asignado a una ley especial.

Ley Especial: Art 150.

* Leyes orgánicas. Art 151.

* Leyes estatutarias. Art 152.

* Ley Marco: Numeral 19, Art 150.


Legislatura: Periodo de sesiones ordinarias.

Art 138 C.P: 20 Julio - 16 Diciembre / 16 Marzo - 20 Junio.

Sesiones extraordinarias: solo temas que invoque el gobierno.

* Vía de acción.

* Posterior.

* Integral.


5. Decretos con fuerza de ley: Debe existir una ley que le da facultad al gobierno de hacer leyes. 

(Ley de facultades extraordinarias), el Gobierno nacional ejerce la facultad legislativa mediante una aprobación de una ley que ordene esto.

* Vía de acción.

* Posterior.

* Integral.


6. Decretos legislativo: Numeral 7; art 241.

Estado de Excepción: 212, 213, 215 constitucionales.

Solo los puede expedir el gobierno en un estado de excepción, regular esto mediante estos decretos; declarar y reglamentar los estados de excepción.

a. Estado de Conmoción.

b. Emergencia social, económica o ambiental.

c. Guerra exterior.

* Vía de acción.

* Posterior.

* Integral.


Decreto ordinario: administrativo. ----- DIFERENTE.

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