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Mostrando las entradas de marzo, 2023

Clase 18: 28 de marzo de 2023

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 Actos Normativos Susceptibles de Control de Constitucionalidad.  Art 241: Regula las funciones de la Corte Constitucional. 1. Actos reformativos de la Constitución. - Vía de acción: explicito en el articulo, numeral 1; legitimación pública (cualquier persona) Acción pública de Inconstitucionalidad: instrumento jurídico procesal que usa cualquier ciudadano para cuestionar cualquier acto normativo. - Control posterior: ya existe el acto reformatorio. - Vicios de forma: vicios de procedimiento. 2. Ley que convoca al pueblo para que se pronuncie sobre una conformación de ANC o Ref. Consti. - Vía de oficio: automática - Posterior : ya existe la ley pero no se ha dado la votación. - Vicios de forma : Explicito 3. Varios actos : Los tres implican una pregunta al pueblo. - Referendos sobre leyes: Reforma a Norma Jurídica. - Consultas populares Orden Nacional. - Plebiscitos del Orden Nacional. * Vía de oficio: Automática . * Posterior. * Vía de fondo y forma:  Integral (referendos). *Vía

Clase 17: 27 de marzo de 2023

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¡Constitución!: Control de Constitucionalidad. * Dignidad. * Respeto. * Trabajo. * Prevalencia del Interés General. Fines : contenido teleológico (telos = fin) Valores. Principios. Derechos. Función publica: Acto que hace el Estado para llegar a los fines de la Constitución. Control de Constitucionalidad. Juicio de validez (operación del intelecto) que implica utilizar un estándar de comparación, en este caso sobre la ley mayor (va acorde con la Constitución). Acto Normativo vs Constitución Si lo declara Constitucional: exequible Si lo declara Inconstitucionalidad: inexequible ACTOS REFORMATIVOS DE LA CONSTITUCION. ART 241. A.  1. Vía de Accion 2. Posterior 3. Vicios de forma. 1. Actos Reformativos de la Constitución. (regulas las funciones de la Corte) - Asamblea Nacional Constituyente: puede sustituir la Constitución.  1990 séptima papeleta. - Proyecto de Ley del Congreso. - Referendo Constitucional. * Inicia por vía de acción: demanda (ejercicio del derecho de acceder a la admin

Clase 16: 21 de marzo de 2021

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 Control de Constitucionalidad Mas de este tema... 1. ¿Qué es?  Es una función publica que adquiere la competencia; este control consiste en un juicio de validez que se hace mediante una comparación entre un: Acto Normativo (Referencia normas jurídicas) vs Constitución   (Norma mayor) Inicio de vida jurídica - Proyecto --- Requisitos de existencia --- Acto Normativo -   Debates                                                  Sanción y publicación 2. ¿Cómo se inicia?: 2 formas * Vía de accion : Implica el ejercicio de un derecho de una persona a presentar una demanda para que un determinado acto normativo sea susceptible del control de constitucionalidad. * Vía de oficio: Ejercicio de sus funciones, sin necesidad de que nadie presente una demanda. ¿Cuándo se aplica? * Antes de que la norma exista.       * Después de que la norma exista.       - Proyecto --- Requisitos de existencia --- Acto Normativo -   -- Previo -------------------|-------------------- Posterior -- ¿Sobre qu

Clase 15: 20 de marzo de 2023

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 FESTIVOOOOOOOOO!!!!!!!!!!!!!!!

Clase 14: 14 de Marzo de 2023

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 Control de Constitucionalidad "El control de constitucionalidad es el conjunto de recursos jurídicos diseñados para verificar la correspondencia entre los actos emitidos por quienes decretan el poder y la Constitución, anulándolos cuando aquellos quebranten los principios constitucionales". Wikipedia.   Hablemos un poco de este tema.... 1. Concepto: ¿Qué es? - El control de constitucionalidad es un juicio de validez que hace una verificación con base en un estándar preexistente. - Es una función publica que se hace mediante una operación intelectual . 2. Comparación: ¿En que consiste? - Hace una comparación con un estándar de la misma índole. - Si un acto normativo cumple con los estándares de la Constitución. Acto vs Constitución. 3. Sistemas: ¿Quién lo ejerce? - Sistemas de Control de Constitucionalidad. * Concentrado : 1 órgano lo puede ejercer. * Mixto : Abstracto y concreto. * Difuso : Se difunde en varios órganos. 4. Tipos de control: ¿Qué decisiones se toman? ABSTRA

Clase 13: Lunes 13 de Marzo de 2023

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 Socialización Parcial Después del día del parcial y todos los nervios del mundo en el, en esta sesión socializamos las respuestas y definitivamente, estaba sencillo, era solo compresión lectora :(. Desarrollamos pregunta por pregunta argumentando la respuesta y encontrando cascaritas que dejo el doctor Leonardo 😡. Las preguntas en las cuales tuve error fueron: 3. Constitución programática: Aquella que declara planes o aspiraciones que deben ser concretados por el legislador. (A) 4. El modelo descrito en la cita jurisprudencial : Estado de bienestar (B) 5. El modelo descrito en la cita jurisprudencial: Estado liberal democrático (C) Retroalimentacion: Estado de bienestar – Se le daba todo al individuo sin pedir algo a cambio y por ello quebró Estado socialista – Asume los medios de producción - nunca se materializó Estado liberal democrático – No intervenía 6. Teniendo en cuenta las transformaciones del Estado de derecho, puede afirmarse que algunos de los elementos qu

Clase 12: 7 de Marzo de 2023

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 DIA DEL PARCIAAAALL!

Clase 11: 6 de Marzo de 2023

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 Repaso Parcial En esta sesión el profesor nos dio la oportunidad de repasar los temas durante el primer corte de este semestre, aquí algunos: Estado Social de Derecho. Es aquel Estado que le permite a la persona el goce esencial de sus derechos mediante la aplicación de la norma jurídica.  ¿Cómo  se aplica esta norma? Su aplicación puede ser mediante: - Test - Criterio de razonabilidad Constitución . Programática : Ley Normativa, vinculante: De aplicación directa Control de Constitucionalidad. Tipos. Abstracto. Recae sobre normas jurídicas: compete un análisis si continua siendo parte del ordenamiento jurídico. Función :  - Ejercida por un órgano jurídica. - Decisión tomada por una sentencia. Efecto : - Erga Omnes.  Concreto. Inaplicación. Control de legalidad. Acto administrativo respeta la norma. Control Concreto. Ciertas normas se aplican a una situacion en particular (casos concretos). No se puede sacar la norma del ordenamiento. Efectos del fallo de la tutela . - Son interpartes

Clase 10: 28 de febrero de 2023

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  Decisiones en Tutela Para retomar un poco el caso anterior, es necesario tener claro las decisiones que se tomaran en la tutela y como estas deben ser validas; en primero lugar, los jueces tienen un plazo de 10 días para dar respuesta a esta. 1. ¿Qué es el principio de congruencia? ↪ Toma decisiones basándose en las pretensiones y excepciones, no se puede salir de esta. (No puede fallar por fuera de lo pedido). Excepciones: Puede fallar mas allá en tutela y laboral. - Extra Petita: Por fuera de la pretensión. - Ultra Petita: Mas allá de la pretensión.  2. Tramite → Decreto 2591 de 1991. 3. Constitución Normativa y Vinculante. ↓  Art 88:  La ley regulara las acciones populares y de grupo. ↓ Programática ↠   Siempre requiere de la ley para aplicarlo. ↓ Normativa, vinculante, aplicación  ↠ No requiere de desarrollo legal. Constituyente . 1. Primario. 2. Secundario.   Decisiones en Tutela Para retomar un poco el caso anterior, es necesario tener claro las decisiones que se tomaran en

Clase 9: 27 de febrero de 2023

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 Decisiones en Tutela En primer lugar, se explican los criterios analíticos fundamentales de los Derechos Humanos. 1. Consagración Expresa. 2. Remisión Expresa. 3. Conexidad. Además, en esta ocasión, el docente nos planteo un caso para resolver el función de juez, es el siguiente: Se trata de Macarena , una menor de 3 años de edad la cual, tiene Síndrome de Down y displasia de cadera ; en su lugar de domicilio decidió asistir a un hospital publico para acceder a la cirugía tratante, la entidad le remite un tiempo de espera de 11 meses ya que, se encuentra en este lugar en la lista de espera; no obstante, sus tutores deciden imponer una acción de tutela para valer el derecho a la salud. La pregunta problema es, en función de juez, ¿hace valida esta tutela?, ¿por que?. Para este caso, mi respuesta fue NO , no tutelo esta acción. Adjunto argumentos. Consideración.   En caso tal de la presencia de otra persona en la lista de espera con una probabilidad mayor respecto a riesgo de muerte p